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Indemnizaciones

Despido improcedente vs procedente: cuánto dinero te corresponde en 2026

Carmen Molina Reyes Abogada laboralista · 5 mar 2025

La primera pregunta que me hace prácticamente todo el mundo cuando llega a mi despacho es la misma. No importa la ciudad, no importa el sector, no importa si llevan dos años en la empresa o veinte. La pregunta es siempre: ¿cuánto me corresponde?

Es una pregunta legítima. Y tiene respuesta. Aunque esa respuesta, como casi todo en Derecho, empieza con un "depende". En este caso depende, sobre todo, de algo que muchas personas no conocen bien hasta que les ocurre: la diferencia entre un despido procedente, uno improcedente y uno nulo.

Son tres categorías. Tres resultados muy diferentes. Y la distancia económica entre ellas puede ser de varios miles de euros.

Despido procedente: la empresa tenía razón

Cuando un despido es procedente significa que la empresa ha justificado correctamente su decisión, tanto en el fondo (la causa era real) como en la forma (siguió el procedimiento legal). El juez —o el trabajador, antes de llegar a juicio— comprueba que todo está en orden y da la razón a la empresa.

¿Cuánto cobra el trabajador? Aquí está la primera sorpresa para muchos: en un despido disciplinario procedente, la indemnización es cero. Nada. Si te han despedido por una causa disciplinaria que el juez considera justificada —faltas repetidas, bajo rendimiento probado, transgresión grave de la buena fe contractual— no hay indemnización.

En un despido objetivo procedente (causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) sí hay indemnización, pero es la menor: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Esto es, aproximadamente, lo que corresponde a alguien al que han prescindido porque la empresa tenía causas reales para hacerlo.

Despido improcedente: la empresa no lo justificó bien

Un despido es improcedente cuando la empresa no consigue acreditar la causa que alegó, o cuando el procedimiento tiene defectos formales que la ley no perdona. Un ejemplo típico: la empresa alega "causas organizativas" pero no aporta ninguna prueba en juicio. O entrega la carta de despido sin poner a disposición la indemnización en el mismo momento, como exige el artículo 53 del ET para los despidos objetivos.

Aquí la cosa cambia radicalmente. En un despido improcedente, la empresa tiene que elegir entre dos opciones: readmitir al trabajador en su puesto o pagarle una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades. En la mayoría de casos, las empresas prefieren pagar.

Entre un despido procedente y uno improcedente puede haber una diferencia de 13 días de salario por año trabajado. En alguien con diez años en la empresa y un salario medio, eso supone miles de euros.

Balanza de justicia en despacho de abogados

Despido nulo: los casos más graves

El despido nulo es la categoría más severa para la empresa. Se aplica cuando el despido vulnera un derecho fundamental del trabajador o cuando afecta a personas especialmente protegidas por la ley. Los supuestos más habituales son:

Cuando el despido es nulo, la consecuencia no es indemnización sino readmisión obligatoria con abono de todos los salarios dejados de percibir desde el momento del despido. La empresa no puede elegir entre pagar o readmitir: tiene que readmitir, sí o sí.

Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente en 2026

La fórmula es: 33 días de salario por año trabajado, prorrateando los meses que no completen el año, hasta un máximo de 24 mensualidades.

Para calcularlo, necesitas el salario diario bruto, que se obtiene dividiendo el salario anual entre 365. Luego multiplicas por 33 y por los años trabajados.

Un ejemplo concreto: trabajador con salario bruto de 24.000 euros anuales y 8 años en la empresa.

ConceptoCálculoImporte
Salario diario bruto24.000 ÷ 36565,75 €/día
Días de indemnización33 × 8 años264 días
Indemnización total65,75 × 26417.358 €

Si el trabajador llevara más de 24 años en la empresa (con el mismo salario), el tope de 24 mensualidades actuaría: 24.000 ÷ 12 × 24 = 48.000 euros máximo.

La excepción para contratos anteriores a 2012

Si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012, el cálculo tiene dos tramos. Los años trabajados hasta esa fecha se indemnizan a 45 días por año (con límite de 42 mensualidades para ese tramo), y los posteriores a 33 días. Si tu contrato es anterior a 2012 y llevas muchos años en la empresa, esto puede suponer una diferencia importante en tu favor. Es uno de los cálculos más técnicos del derecho laboral y merece que alguien lo revise bien.

¿Cómo saber si tu despido es procedente o improcedente?

Esta es la pregunta real, y no siempre tiene una respuesta obvia. Depende de múltiples factores: si la causa que alega la empresa es real, si está suficientemente documentada, si el procedimiento fue correcto, si existen circunstancias agravantes o atenuantes...

Lo que sí puedo decirte es que muchos despidos que las empresas presentan como procedentes son, en realidad, improcedentes. A veces porque la causa no se sostiene. A veces porque hay un defecto formal en la carta o en el procedimiento. A veces porque la empresa no siguió el orden de prelación correcto en un ERE. A veces porque hay indicios de represalia o discriminación que el trabajador no ha sabido ver.

Por eso vale la pena revisar. No para entrar necesariamente en un proceso judicial, sino para saber en qué posición real estás antes de firmar nada.

El Derecho laboral cambia. Esta guía refleja la normativa y jurisprudencia vigente en la fecha de publicación. Si tienes dudas sobre cómo aplica a tu caso concreto —o si algo ha podido cambiar desde entonces— la única respuesta fiable la da un abogado que conozca tu situación. Para eso estamos.

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Carmen Molina Reyes Abogada laboralista

Llevo quince años viendo lo que las empresas hacen cuando despiden y lo que los trabajadores dejan de reclamar por no saberlo.